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Relator Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud
Descripción del mandato
El Consejo Económico y Social, en sus decisiones 16 (LVI) y 17 (LVI) del 17 de mayo de 1974, creó el Grupo de Trabajo sobre las Formas Contemporáneas de la Esclavitud. El Grupo de Trabajo, compuesto por cinco expertos independientes de la Subcomisión, inició su labor en 1975. Este Grupo se creó con el propósito de supervisar la aplicación de las convenciones sobre la esclavitud y examinar la situación de la esclavitud en diversos lugares del mundo, desarrollar y estudiar un tema específico cada año y presentar propuestas para la adopción de medidas en los planos nacional e internacional.
En septiembre de 2007, el Consejo de Derechos Humanos, mediante su resolución 6/14, estableció un nuevo mandato sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias. En este mandato se preveía el nombramiento de un Relator Especial sobre las Formas Contemporáneas de la Esclavitud, que vino a sustituir al Grupo de Trabajo sobre las Formas Contemporáneas de la Esclavitud, a fin de examinar mejor esta cuestión en el sistema de las Naciones Unidas.
En la resolución 6/14 del Consejo de Derechos Humanos se le pide al Relator Especial que:
- Centre su atención principalmente en los aspectos de las formas contemporáneas de la esclavitud no abarcados por los mandatos vigentes del Consejo de Derechos Humanos;
- Promueva la aplicación efectiva de las normas internacionales pertinentes sobre la esclavitud;
- Solicite, recabe e intercambie información de los gobiernos, órganos creados en virtud de tratados, procedimientos especiales, organismos especializados, organizaciones internacionales, organizaciones no gubernamentales y otras fuentes pertinentes sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas las prácticas de la esclavitud y, según corresponda y de acuerdo con la práctica vigente, de una respuesta eficaz a toda información fidedigna sobre presuntas violaciones de los derechos humanos, con objeto de proteger los derechos humanos de las víctimas de la esclavitud e impedir que se vulneren;
- Recomiende disposiciones y medidas aplicables a nivel nacional, regional e internacional para eliminar las prácticas de esclavitud dondequiera que tengan lugar, señalando los medios para atacar las causas y remediar las consecuencias de las formas contemporáneas de la esclavitud, como la pobreza, la discriminación y los conflictos, así como la existencia de factores de demanda y las medidas pertinentes para reforzar la cooperación internacional;
- Estudie atentamente las cuestiones específicas que forman parte de su mandato, e indique ejemplos de prácticas eficaces junto con las recomendaciones pertinentes;
- Tenga en cuenta las dimensiones de género y edad de las formas contemporáneas de la esclavitud;
- Colabore plena y eficazmente con otros mecanismos y órganos de tratados de derechos humanos, entre otros el Relator Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, el Relator Especial sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, el Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, el Relator Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, el Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los niños en los conflictos armados, y el Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes, así como la Junta de Síndicos del Fondo de las Naciones Unidas de contribuciones voluntarias contra las formas contemporáneas de la esclavitud, teniendo plenamente en cuenta la contribución de éstos y la necesidad de evitar la duplicación de su trabajo;
- Formule recomendaciones sobre las medidas que deberían adoptarse para combatir y erradicar las formas contemporáneas de la esclavitud y las prácticas análogas a la esclavitud, y
- Proteja los derechos humanos de las víctimas de tales prácticas.
Métodos de trabajo
En el desempeño de las funciones anteriores, el Relator Especial:
- Realizará visitas a los países a fin de obtener información de primera mano sobre la situación de la esclavitud de parte de funcionarios, miembros de la sociedad civil, y organismos de las Naciones Unidas. Presentará al Consejo de Derechos Humanos un informe de estas visitas, destacando sus resultados, conclusiones y recomendaciones.
- Adoptará medidas sobre la base de información fiable acerca de violaciones de los derechos humanos, independientemente de que se hayan producido o se consideren inminentes.
- Llevará a cabo estudios sobre un asunto o fenómeno concreto en relación con el mandato y ofrecerá al Consejo de Derechos Humanos asesoramiento y recomendaciones específicas en este sentido.
- Realizará actividades de promoción y sensibilización para fomentar los derechos humanos con respecto a la esclavitud e impedir que se produzcan prácticas análogas a la esclavitud.
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