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* Los informes sobre comuniaciones recogen los resúmenes de las comuniaciones enviadas y de las respuestas recibidas en los tres idiomas de trabajo del OACNUDH (inglés, francés, español). Procedimiento de comunicaciones Tipos de comunicaciones Las comunicaciones enviadas por el Relator Especial son de dos tipos: llamamientos urgentes , en aquellos casos de inminente peligro de violación de los derechos humanos de personas y comunidades indígenas; y cartas de alegación , si las violaciones ya han tenido lugar o no son muy urgentes. Casos El mandato del Relator Especial es amplio. Por ello sus comunicaciones se han centrado en un gran número de asuntos ligados a los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas. En el pasado, las comunicaciones han versado, entre otros, sobre asesinatos, torturas, amenazas y otros abusos cometidos contra líderes y comunidades indígenas. Además, el Relator Especial ha enviado comunicaciones sobre violaciones de los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras y recursos naturales, tales como su desposesión o expulsión, falta de consulta previa antes de la implementación de proyectos de desarrollo, etc. El Relator Especial también interviene en relación con el contenido de legislaciones y políticas nacionales que tienen un impacto directo en los pueblos indígenas. Procedimiento Tras la recepción de la información, el Relator Especial determina la validez de la misma y decide si es recomendable enviar una comunicación al gobierno concernido. Dependiendo de la específicidad del caso, se puede decidir enviar una comunicación conjunta con otros Relatores. Requisitos No existen requisitos formales para que el Relator Especial envíe una comunicación. No es necesario agotar todos los recursos internos ni es necesario ningún análisis legal detallado sobre el caso. Cualquier persona u organización puede enviar información al Relator Especial, sin importar su relación con la persona o personas afectadas. Seguimiento Los gobiernos pueden tomar medidas tras la recepción de la carta del Relator Especial e investigar los hechos y/o tomar medidas para prevenir o finalizar con una violación, pero este no es siempre el caso. En algunos casos, el Relator Especial puede realizar un seguimiento con el envió de otras comunicaciones o con otro tipo de acciones. Sin embargo, los limitados recursos de que dispone le hacen imposible hacer un seguimiento a todos los casos. La experiencia muestra que el impacto de las comunicaciones del Relator Especial dependen en buena medida de la movilización de la sociedad civil y de las organizaciones indígenas, y del adecuado uso que den del mecanismo Confidencialidad Las comunicaciones del Relator son confidenciales, y la fuente de la información no se revela. Un resumen de todas las comunicaciones enviadas por el Relator Especial y de las respuestas de los gobiernos recibidas se publican como anexo al informe anual del Relator Especial al Consejo de Derechos Humanos (Add. 1). Descarge el Folleto sobre el procedimiento de comunicaciones del Relator Especial. |
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