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Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos

Human Rights Council Advisory Committee El sexto período de sesiones de la Comisión Consultiva se reunirá 17-21 enero de 2011, Palais des Nations (Sala XX).
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Creación

Conforme a la resolución del Consejo de Derechos Humanos 5/1, ha sido creado el Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos, (en adelante "el Comité Asesor"), integrado por 18 expertos, funcionará como "grupo de reflexión" del Consejo y trabajará bajo su dirección. El Comité Asesor sustituye a la Subcomisión para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos.

El objectivo del nombramiento de los miembros del Comité, considerando los requisitos técnicos y objetivos contenidos en la decisión del Consejo 6/102, es asegurarse que el mejor asesoramiento y conocimientos especializados estén a disposición del Consejo. La función del Comité Asesor es la de proporcionar conocimientos especializados al Consejo de la forma que éste lo solicite, centr ándose principalmente en un asesoramiento basado en estudios e investigaciones. Tales conocimientos especializados serán proporcionados únicamente cuando el Consejo lo solicite, en cumplimiento de sus resoluciones y bajo su orientación.

El Comité Asesor debería estar orientado a la implementación. El alcance de su asesoramiento deberá limitarse a las cuestiones temáticas que guardan relación con el mandato del Consejo, a saber, la promoción y protección de todos los derechos humanos. El Comité Asesor no adoptará resoluciones ni decisiones. Podrá formular, dentro del ámbito de trabajo establecido por el Consejo y para que éste las examine y apruebe, sugerencias para mejorar su eficiencia procedimental, así como propuestas de nuevos estudios dentro del ámbito de trabajo establecido por el Consejo.

Se insta al Comité Asesor a que, en el desempeño de su mandato, establezca una interacción con los Estados, las instituciones nacionales de derechos humanos, las ONG y otras entidades de la sociedad civil, de conformidad con las modalidades que apruebe el Consejo. Los Estados miembros y los observadores, incluidos los Estados que no sean miembros del Consejo, los organismos especializados, otras organizaciones intergubernamentales, instituciones nacionales de derechos humanos, así como las ONG, tendrán derecho a participar en la labor del Comité Asesor sobre la base de las disposiciones, en particular la resolución 1996/31 del Consejo Económico y Social, y las prácticas observadas por la Comisión de Derechos Humanos y por el Consejo, al mismo tiempo que se asegurará la contribución más eficaz posible de esas entidades.

El Comité Asesor celebrará hasta dos períodos de sesiones anuales, de un máximo de diez días laborables por año. La sesión inaugural se llevará a cabo del 4 al 15 de agosto de 2008 en el Palacio de las Naciones, Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra.

Información sobre la Subcomisión

La Subcomisión de las Naciones Unidas para Promoción y la Protección de los Derechos Humanos, el órgano subsidiario principal de la Comisión de Derechos Humanos, fue establecida en 1947. Originalmente la 'Subcomisión para la Prevención de la Discriminación y la Protección de las Minorías', fue renombrada en 1999. En 2006, los miembros eran 26: siete de Africa, cinco de Asia, cinco de América Latina y el Caribe, tres de Europa Oriental y seis de Estados de Europa Occidental y otros Estados.

Las funciones principales de la Subcomisión consistían en emprender estudios en derechos humanos, hacer recomendaciones referentes a la prevención de la discriminación de clase y de la protección de minorías. Los estudios emprendidos trataron diversos aspectos de la realización de derechos humanos, de la administración de la justicia, del combate a la discriminación de lucha y a la protection de los derechos humanos de las minorías, populaciones indígenas y otros grupos vulnerables.

 

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