Comité de Derechos de los Trabajadores Migrantes
Supervisar la protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y de sus familiares
El Comité de Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familiares (CMW) es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares por sus Estados Partes. Este Comité es el órgano de tratados de más reciente creación y celebró su primer período de sesiones en marzo de 2004.
Todos los Estados Partes deben presentar al Comité informes periódicos sobre la manera en que se ejercitan los derechos. Inicialmente, los Estados deben presentar un informe un año después de su adhesión a la Convención, y luego cada cinco años. El Comité examina cada informe y expresa sus preocupaciones y recomendaciones al Estado Parte en forma de "observaciones finales".
El Comité también podrá, en determinadas circunstancias, examinar denuncias o comunicaciones presentadas por particulares que afirman que sus derechos consagrados en la Convención han sido violados una vez que diez Estados Partes hayan aceptado este procedimiento de conformidad con el artículo 77 de la Convención.
El Comité se reúne en Ginebra y normalmente celebra un período de sesiones al año.
El Comité también publica su interpretación del contenido de las disposiciones de derechos humanos, en forma de observaciones generales sobre cuestiones temáticas.
Para más información sobre la labor del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familiares, pulse aquí.
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