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Procedimientos Especiales
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Algunos mecanismos de procedimientos especiales intervienen directamente ante los gobiernos para tratar denuncias concretas por violaciones de derechos humanos abarcadas por sus mandatos. La intervención puede referirse a una violación ya cometida, que esté ocurriendo o que tenga un alto riesgo de producirse. El proceso, en general, implica el envío de una carta al gobierno en cuestión en la que se solicita información y comentarios sobre la denuncia, y, en caso necesario, se pide que se tomen medidas preventivas o de instrucción.

La decisión de intervenir se deja a discreción del titular del mandato del procedimiento especial y dependerá de los diversos criterios establecidos por él o ella, así como de los criterios determinados en el Código de Conducta. Los criterios por lo general se refieren a: la fiabilidad de la fuente y la credibilidad de la información recibida, los detalles facilitados y el alcance del mandato. Sin embargo, hay que recalcar que los criterios y procedimientos utilizados para dar respuesta a una denuncia individual varían, de modo que es necesario presentar una comunicación de conformidad con los requisitos específicos establecidos por cada procedimiento especial.

Para que las comunicaciones puedan evaluarse, deberán proporcionar a todos los procedimientos especiales la siguiente información mínima:

  • la identificación de la(s) presunta víctima(s);
  • la identificación de los presuntos autores de la violación;
  • la identificación de la(s) persona(s) u organización(es) que envían la comunicación (esta información se mantendrá confidencial);
  • fecha y lugar del incidente;
  • una descripción detallada de las circunstancias del incidente en que se produjo la presunta violación.

Algunos mandatos temáticos pueden exigir otros detalles relacionados con la presunta violación concreta (por ejemplo, anteriores y actuales lugares de detención de la víctima; certificados médicos que se le hayan expedido; la identificación de los testigos de la presunta violación; medidas que se hayan tomado para obtener reparación a nivel local, y otros).

Las comunicaciones que contengan lenguaje abusivo o en las que resulte obvio que hay motivaciones políticas no serán tomadas en consideración. Las comunicaciones deberán describir de manera clara y concisa los hechos del incidente y los detalles pertinentes a los que se hizo referencia anteriormente. Las comunicaciones no deberán basarse únicamente en los informes de los medios de comunicación.

Para facilitar el examen de las denuncias, aquellas personas que deseen denunciar casos de presuntas violaciones pueden utilizar los cuestionarios disponibles para varios de los mandatos. No obstante, es importante tener en cuenta que las comunicaciones son examinadas aunque no estén presentadas utilizando el formato del cuestionario.

Si desea obtener información específica acerca de los procedimientos de comunicación particulares para cada uno de los mandatos de procedimientos especiales, por favor consulte las páginas Web individuales de los mandatos temáticos o por países.

Una vez haya consultado la información concerniente a los requisitos para la presentación de denuncias establecidos para cada mandato, podrá enviar la información por fax al +41 22 917 90 06, o por correo electrónico a urgent-action@ohchr.org , o por correo postal a:

OHCHR-UNOG
8-14 Avenue de la Paix
1211 Geneva 10
Switzerland

Por favor especifique, en la línea de asunto si es un correo electrónico o fax, o en la portada del sobre, a qué mecanismo de procedimiento especial está dirigida la información.

Varios otros mecanismos de denuncia individual se han establecido como parte del sistema internacional de derechos humanos. Si desea obtener más información al respecto, por favor consulte en Comunicaciones/Sección de denuncias.

 

 
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